Los Corredores de Seguros, ¿cobran honorarios profesionales por sus servicios?

Los Corredores de Seguros formamos una peculiar profesión en la que hablar de estos asuntos parece un tema tabú. Pero la realidad nos indica que “la costumbre” está dando paso a la racionalidad y normalidad de cualquier profesión. Dando continuidad a nuestro anterior artículo “Pon un Corredor de Seguros en tu vida”, queremos exponer algunos otros aspectos que consideramos importantes. ¿Qué trabajos y/o servicios realizan los Corredores de Seguros para sus clientes? Antes de resolver esta pregunta, deberíamos responder a la siguiente: ¿Para quién realizan sus trabajos y/o prestan sus servicios los Corredores de Seguros? Para su potencial cliente, tomador/asegurado, y para las compañías de seguros. Entre los trabajos/servicios que realizan para las compañías de seguros, están los siguientes: Estudio detallado de los productos que ofrecen al mercado. Adaptación de sus productos a las necesidades del cliente, con o sin negociación con la compañía de seguros, según el caso. Intermediación en la venta de las pólizas. Gestiones administrativas de suplementos, emisiones de pólizas, control de recibos, etc. Gestiones de los siniestros. Entre los trabajos/servicios que realizan para el cliente, tomador/asegurado, están los siguientes: Entender las necesidades del cliente. Estudiar, auditar, los riesgos a los que está expuesto. Una vez analizados, asesorarle con claridad y cercanía, pues no siempre es consciente de los riesgos a los que está expuesto. Analizar el mercado asegurador, para poder plantear opciones aseguradoras que se adapten a sus necesidades. Establecer un Plan de Seguros acorde con las necesidades detectadas, facilitando toda la información previa disponible y explicándola con claridad. Asesorar para que el cliente pueda tomar las decisiones consciente y conociendo el alcance y limitaciones de las propuestas planteadas. Gestiones administrativas: contrataciones de pólizas, suplementos, recibos, etc. Auditoría de pólizas contratadas por el cliente, para adaptarlas a las situaciones cambiantes de los clientes por la evolución de sus negocios. Análisis del mercado y propuestas de mejora o adaptación. Asesoramiento y gestión de los siniestros. ¿Pueden los Corredores de Seguros cobrar honorarios profesionales? La respuesta es, sí. La norma reflejada en el Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero de seguros privados; de planes y fondos de pensiones, lo aclara y es bastante explícita a este respecto: Art. 156. 2 y 3: “Las relaciones entre el corredor de seguros y el cliente derivadas de la actividad de distribución de seguros, se regirán por los pactos que las partes acuerden libremente y, supletoriamente, por los preceptos que el Código de Comercio dedica a la comisión mercantil. La remuneración que perciba el corredor de seguros de la entidad aseguradora por su actividad de distribución de seguros revestirá la forma de comisiones. El corredor y el cliente podrán acordar por escrito que la remuneración del corredor incluya honorarios profesionales que se facturen directamente al cliente, expidiendo en este caso una factura independiente por dichos honorarios de forma separada al recibo de prima emitido por la entidad aseguradora.” ¿Qué profesionales no cobran por su trabajo realizado o servicio prestado? Vemos con naturalidad que, cualquiera que realice un trabajo y/o preste un servicio cobre honorarios por ello. Sea por cuenta propia o por cuenta ajena, nadie vería bien que la tarea que uno realizase, fuera sin una remuneración económica como contraprestación, ¿verdad? Una consulta a un médico, a un asesor fiscal, a un psicólogo, a un abogado, a un informático, a un consultor, a un arquitecto, y así todas las profesiones, son remuneradas como parte de la transacción por los trabajos y/o servicios prestados por éstos a sus clientes. ¿Y los Corredores de Seguros? Pues, en general, da la sensación de que son la excepción a lo anterior. Por “tradición” o “costumbre”, parece que no cobran sus trabajos y servicios a los clientes (tomadores/asegurados), sobre entendiendo erróneamente éstos, que sus honorarios son pagados por un tercero, la aseguradora. ¿Tiene esto sentido? En nuestra opinión, ninguno. Máxime cuando la gran mayoría del trabajo que realizamos, es para el cliente. ¿Cuál es la situación actual? Para determinados servicios, actividades y tipos de clientes, los Corredores de Seguros sí cobran y han cobrado honorarios profesionales. El cliente tiene claro que trata con unos profesionales, en quienes poner su confianza para la auditoría y la gestión de sus riesgos. Aunque con lentitud y sigilo, esta situación es cambiante, en la medida que los clientes están viendo en la figura de los Corredores de Seguros a unos profesionales, en formación continua, libres e independientes; que velan por sus intereses sin someterse a las voluntades de terceros, salvo a las necesidades de sus clientes. ¿Qué opinas? No lo dudes. Déjate asesorar por Corredores de Seguros, profesionales especialistas en seguros. ¿Hablamos? 😉 #ponuncorredordeseguros
