Asesores Exclusivos de Seguros

Eres inquilino, ¡¿y aun no tienes contratado un seguro para tu vivienda?! Esto te interesa

Si eres INQUILINO, y todavía no tienes seguro de tu casa, debes saber que: ¡¡¡NO TE CUBRE EL SEGURO DEL PROPIETARIO!!! Te contamos los motivos. No se sabe muy bien por qué, pero hay una idea bastante generalizada (y errónea), y es la de pensar que cuando uno es inquilino de una vivienda no es necesario tener un seguro, pues ¡ya lo tendrá el propietario que para eso es su casa, y si pasa algo él se hará cargo! ¡¡CUIDADO, QUE ESTO NO ES ASÍ!! Lo que si es cierto es que no existe la obligación legal de contratarlo, salvo que por contrato se acuerde. Ahora bien, en nuestra opinión, nosotros asesoramos a nuestros clientes que sí lo hagan por los motivos que exponemos a continuación. Normalmente el propietario de la vivienda suele tener contratado un seguro de hogar que cubra, fundamentalmente, el CONTINENTE, esto es, su vivienda (paredes, techos, instalaciones fijas, etc.) y su RESPONSABILIDAD CIVIL, y en su caso, el CONTENIDO que sea de su propiedad. Pero, el CONTENIDO propiedad del INQUILINO, así como su RESPONSABILIDAD CIVIL (daños que puedan ocasionarse a terceros derivados del uso y disfrute de la vivienda) no estarían NUNCA cubiertos por el seguro del propietario. Para aclarar un poco este asunto, os proponemos unos ejemplos: 1.- ¿Qué pasa si entran en la vivienda y te roban tus cosas? ¿O te atracan por la calle? Pues que como son TUS cosas, no estarán cubiertas por el seguro del propietario, pues este seguro cubrirá SUS cosas, ya que él es el asegurado de su póliza, y no tú. 2.- ¿Qué pasa si te dejas un grifo abierto, se inunda tu vivienda y dañas la del vecino de abajo? Pues que como has sido tú, o quienes vivan contigo, quienes os habéis dejado el grifo abierto, sois los responsables de reparar los daños que se originen en la vivienda que habitáis así como al supuesto vecino afectado. 3.- ¿Y si te dejas una sartén en la vitrocerámica mientras hablas por teléfono y se produce un incendio? ¿O enchufas demasiadas cosas a una regleta y se incendia la casa, provocando además daños por humo a los vecinos y Comunidad? Al igual que en el anterior ejemplo, la responsabilidad del olvido y/o sobrecalentamiento de una regleta de enchufes es tuya, no del propietario. 4.- ¿Qué pasaría si se estallase la olla exprés mientras estás cocinando? En esta situación, además del susto, tendrías que hacerte cargo de los daños que se ocasionasen en la cocina, porque aquí tampoco el propietario es reponsable. Y una vez producidas estas circunstancias que hemos expuesto u otras similares, pueden ocurrir varias cosas. Por ejemplo, que el seguro del propietario repare todo pero te reclame el importe de todos los daños, incluso judicialmente. O que el seguro del propietario se haga cargo de los daños en la vivienda pero no de tus pertenencias ni de los daños ocasionados a los  vecinos y/o Comunidad; siendo entonces los seguros de los vecinos, el seguro de tu propietario y el seguro de la Comunidad, en su caso, quienes te reclamen el importe de los daños (¡atención que esto puede además generar múltiples gastos judiciales!). O bien, que nadie repare nada y te demanden para que repares, aunque esta es la opción menos probable. En definitiva, son problemas e incomodidades importantes que se pueden producir y afectar tanto a tí como inquilino como al propietario. Y que teniendo una póliza se seguros contratada, por una pequeña prima al año, puedes estar tranquilo de que los seguros gestionarán estos problemas junto con tu mediador de confianza. Contacta con nosotros para cualquier duda que te surja, porque estaremos encantados de asesorarte personalmente. Tel.: 911725673 / 685926404 (¡también por WhatsApp!), Correo electrónico: comercial@asesores-seguros.es Y si te ha parecido interesante, ¡por favor, compártelo e informa a tus amigos! ¡Muchas gracias!

¡Hola!

Haga clic en uno de nuestros representantes a continuación para chatear en Telegram o mándanos un email a comercial@asesores-seguros.es